Se oficializó el reconocimiento de hasta 3 años de aportes por hijo a las mujeres para que puedan jubilarse

Se publicó este lunes en el Boletín Oficial el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 475/2021, a través del cual la ANSeS les reconocerá "a las mujeres y/o personas gestantes" hasta 3 años de servicios por cada hijo para que puedan completar los 30 años de aportes y jubilarse.
La iniciativa, que adelantó Clarín, está firmada por el presidente Alberto Fernández y el Gabinete completo, y beneficiará de inmediato a 155.000 mujeres que tienen entre 60 y 64 años.
Con el correr de los meses irá abarcando a más, a medida que alcancen la edad jubilatoria (60 años).
Es sabido que por la mayor informalidad y desempleo, a lo que se suman los meses de embarazo, lactancia y cuidados de los hijos, una alta proporción de mujeres no alcanza a reunir los 30 años de aportes mínimos para jubilarse.
En base a los registros de ANSeS –de donde surge que “el 44% de las mujeres en edad jubilatoria no pueden jubilarse”- la titular del organismo, Fernanda Raverta, llevó el proyecto al Ejecutivo. Este lunes se oficializó su implementación.
La novedad forma parte del “Programa Integral de Reconocimiento de Períodos de Servicio por Tareas de Cuidado” que, con distintas modalidades, se aplica en muchos países, incluso de la región.
El reconocimiento combina distintas modalidades complementarias que permitirán el acceso a un beneficio previsional.
* "Las mujeres y/o personas gestantes podrán computar UN (1) año de servicio por cada hijo y/o hija que haya nacido con vida".
*"En caso de adopción de personas menores de edad, la mujer adoptante computará DOS (2) años de servicios por cada hijo y/o hija adoptado y/o adoptada".
* "Se reconocerá UN (1) año de servicio adicional por cada hijo y/o hija con discapacidad, que haya nacido con vida o haya sido adoptado y/o adoptada que sea menor de edad".
*"Aquellas personas que hayan accedido a la Asignación Universal por Hijo para Protección Social por el período de, al menos, DOCE (12) meses continuos o discontinuos podrán computar, además, otros DOS (2) años adicionales de servicio por cada hijo y/o hija que haya nacido con vida o haya sido adoptado y/o adoptada que sea menor de edad”.

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