La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó que es constitucional que las provincias establezcan el juicio por jurados para juzgar los delitos cometidos en sus respectivas jurisdicciones.
El máximo tribunal del paÃs falló en la causa en la cual dos personas fueron condenadas en la provincia de Neuquén por un homicidio como consecuencia del veredicto de un jurado, informó el Centro de Información Judicial.
Alex Mauricio Obreque Varas y Alexis Gabriel Castillo recibieron la pena de prisión perpetua como consecuencia del veredicto de un jurado popular, que los encontró culpables del delito de homicidio agravado por su comisión con armas de fuego y con el concurso premeditado de dos o más personas y por alevosÃa, en perjuicio de Edgardo Daniel Arias. El hecho ocurrió el 8 de enero del 2013 en Neuquén y habÃan sido juzgados y condenados en el mes de julio de 2014.
El fallo condenatorio habÃa sido confirmado por el Tribunal de Impugnación y luego, por la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Neuquén. Ahora, la Corte Suprema rechazó por mayorÃa, con el voto conjunto de los ministros Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti y el voto concurrente del ministro Horacio Rosatti, el planteo y confirmó la constitucionalidad de la ley provincial. El juez Carlos Rosenkrantz, en disidencia, desestimó la queja.
Los jueces Maqueda y Lorenzetti rechazaron en primer término que violara la garantÃa del juez natural la aplicación al caso del juicio por jurados, previsto en el código procesal penal aprobado por la ley provincial n°2784 que entró en vigencia durante el trámite de la causa, y también el planteo de los recurrentes que sostenÃan que la ley provincial de juicio por jurados serÃa inconstitucional porque el Congreso Nacional tiene competencia exclusiva para regular en esta materia.
En su voto conjunto, sostuvieron que esta tesis, que aparejarÃa una sustancial restricción de las facultades provinciales de darse sus propias instituciones y de disponer su sistema de administración de justicia, no se ajusta a la efectiva interpretación que cabe darle a los preceptos constitucionales.
