Ley de Tierras: el proyecto cambió y Neuquén mantendrá el control sobre su territorio

l texto que llegará al Senado reconoce expresamente que “cada provincia conserva la potestad de establecer el régimen jurídico aplicable sobre las tierras ubicadas dentro de su territorio”, indica el paper. “En términos políticos e institucionales, la reforma fortalece el principio federal al reconocer que las jurisdicciones provinciales continúan siendo las principales responsables de administrar una materia estrechamente vinculada con su organización territorial, productiva y ambiental”, esta definición, para Neuquén, adquiere un significado especial.

Los recursos naturales

La provincia sostiene desde hace años una posición firme respecto del dominio originario sobre sus recursos naturales y la administración de su territorio. Esa postura encuentra respaldo en el artículo 124 de la Constitución Nacional, que reconoce a las provincias el dominio originario de los recursos existentes en su territorio, y también en la propia Constitución neuquina, que establece herramientas para ordenar, administrar y proteger sus bienes estratégicos.

Por eso, distintas fuentes provinciales sostienen que “la eventual aprobación de la ley no implicará un cambio en la política que Neuquén viene desarrollando en materia de administración de tierras. La provincia conservará las facultades para establecer sus criterios, definir prioridades y ejercer los controles que considere necesarios dentro de su jurisdicción”. Ese aspecto modifica sensiblemente la lectura política del proyecto.

Competencias de las provincias

“Mientras algunos sectores continúan interpretando la iniciativa únicamente desde la óptica de la apertura del mercado de tierras, otros consideran que el verdadero cambio pasa por el fortalecimiento de las competencias provinciales”, señala el borrador esclarecedor que circula entre los asesores de la Cámara Alta.

Si la norma, una vez aprobada, refleja todo lo que los documentos previos indican; la discusión deja de centrarse exclusivamente en quién puede comprar tierras para trasladarse hacia quién tiene la autoridad para regular esa materia.

Las modificaciones incorporadas durante el tratamiento legislativo tampoco eliminan todos los resguardos previstos por la legislación vigente.

Comentarios

Comentar artículo