El Concejo Deliberante aprobó la ordenanza que crea un Registro de Alquiler TurÃstico Temporario de Casas y Departamentos de San MartÃn de los Andes.
Se denomina Alquiler TurÃstico Temporarios de Casas y Departamentos a aquellos establecimientos con estructuras edilicias variadas, que presten servicio de alojamiento turÃstico, que perciba una tarifa, por un perÃodo mÃnimo de un pernocte y un máximo de tres meses.
La SecretarÃa de Turismo será la encargada del análisis y evaluación de las edificaciones existentes, el registro, habilitación, regularización e inspección de los establecimientos prestadores de servicios de Alquiler TurÃstico Temporario de Casas y Departamentos, y la tramitación de los reclamos que puedan formularse.