AUXILIAR DE SERVICIO DEL CPEM N°57 SAN MARTIN DE LOS ANDES FUE CESANTEADO POR ACOSO


En las últimas horas, el Ejecutivo provincial convalidó la resolución del Consejo Provincial de Educación (CPE) y le impuso la sanción de cesantía a Feliciano Ramírez, quien se desempeñaba como auxiliar de servicio en el Centro Provincial de Enseñanza Media N 57, de San Martín de los Andes.
Según consta en el expediente, el 31 de octubre de 2023 lo separaron preventivamente de todos los cargos que ostentaba dentro del sistema educativo provincial. Y, más adelante en el tiempo, el 13 de junio de 2025 el expediente entró en su etapa decisiva.
El sumario se inició a partir de la denuncia de una estudiante a la que, según dieron por acreditado los auditores, invitó a pasear en su camioneta, le entregó mil pesos y la tomó del brazo para intentar besarla.
Además de acompañar a la menor a que realizara la denuncia, las autoridades tomaron los testimonios del caso y concluyeron que no era la primera vez que caían sospechas de acoso sobre este ahora ex agente. Se dijo que el sujeto intentó besar a la estudiante para cobrarle la entrega de la suma de dinero a la que se hizo mención. Luego esta situación fue contrastada con los dichos del ex estatal.
En el expediente consta que fue el propio sumariado quien contó que “ella venía llorando con otra alumna. Le pregunto qué le pasa. Me dijo que no tenía hojas, le pregunté que cuánto salían, me dijo 700 pesos y le dije: 'Tomá, andá a comprarlas'”.
“Me acerqué a consolarla porque la vi que estaba muy mal, le puse la mano sobre la cabeza”, dijo el ahora despedido y confirmó: “Sí, la tomo de un brazo y le doy un beso porque estaba muy mal. Le decía 'Calmate, toma la plata y anda a comprar tus hojas'”. “Fue un mimo, como una muestra de cariño porque la estaba pasando mal. Un mimo”, señaló.
Una vez reunidos los elementos de prueba, los auditores establecieron la existencia de una conducta impropia. “Se concluye que la conducta desplegada por Feliciano Ramírez acarrea responsabilidad administrativa disciplinaria, resultando incompatible con los preceptos normativos que regulan su desempeño laboral, correspondiendo aplicar una sanción expulsiva como medida directa frente a la gravedad de sus actos”.

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